La Secretaría, en función de la disponibilidad de recursos, deberá:
a) incluir en su estrategia de comunicación las directrices y herramientas elaboradas por el ETF, así como la colaboración con las instituciones financieras internacionales y con el conjunto de agentes interesados en las energías renovables;
b) apoyar al ETF, incluso organizando reuniones anuales y talleres específicos, y garantizar que su número de miembros aumente y que su ámbito de actuación se revise periódicamente para abordar todas las posibles amenazas que las infraestructuras de energías renovables representen para las especies migratorias;
c) reforzar las alianzas con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), otras organizaciones intergubernamentales pertinentes y entidades afines para ampliar el papel y la visibilidad del ETF, y apoyar la aplicación de salvaguardas, herramientas de planificación espacial y directrices destinadas a evitar los impactos negativos de las infraestructuras de energías renovables sobre las especies migratorias;
d) apoyar la elaboración de directrices técnicas adaptadas a las necesidades geográficas, técnicas y específicas de las especies identificadas por los miembros del ETF.
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Secretaría