La Secretaría deberá:
a) solicitar a las Partes que presenten información sobre la implementación de las Directrices sobre las Mejores Prácticas relativas a la captura de cetáceos vivos en su ambiente natural para fines comerciales a través del proceso de informes nacionales;
b) bajo petición y sujeta a la disponibilidad de recursos, proporcionar asistencia a las Partes para modificar su legislación nacional, de acuerdo con las recomendaciones que figuran en las Directrices sobre buenas prácticas relativas a la captura de cetáceos vivos en su ambiente natural para fines comerciales.