2021/010: Solicitud de documentos nacionales sobre observación de la fauna marina

La Secretaría está ayudando al Consejo Científico a implementar los aspectos de su mandato derivados de la 13ª Reunión de la Conferencia de las Partes (COP13), y debatidos en la 5ª Reunión del Comité del período de sesiones del Consejo Científico de la CMS (ScC-SC5), que ha concluido recientemente.

En la Decisión 13.68 se solicita al Consejo Científico que desarrolle directrices para la natación recreativa con especies incluidas en los apéndices de la CMS, incluyendo un código de conducta recomendado para los operadores. 

Siguiendo las instrucciones del ScC-SC5, la Secretaría se encuentra en el proceso de contratar a un consultor para que redacte estas directrices. Por ello, agradeceríamos a las Partes que nos facilitaran la siguiente información, solicitada en la Decisión 13.66:

  • Se solicita a las Partes que proporcionen a la Secretaría copias de los documentos pertinentes para cualquier medida descrita en el párrafo 1 de la Resolución 12.161  Impacto de los programas de natación junto a cetáceos que hayan adoptado en relación con las interacciones recreativas en el agua junto a mamíferos acuáticos, o cualquier otra especie incluida en los apéndices de la CMS, además de lo ya recogido en el Anexo 2 de UNEP/CMS/COP13/Doc.26.2.5. Rogamos que nos envíen los documentos pertinentes por correo electrónico a la Secretaría antes del 15 de septiembre de 2021, ya que el trabajo sobre la Decisión 13.68 a) comenzará en septiembre de 2021.
  • Asimismo, se solicita a las Partes que proporcionen a la Secretaría copias de los documentos pertinentes para cualquier medida que hayan adoptado según lo descrito en el párrafo 1 de la Resolución 11.292 (Rev.COP12) Observación sostenible de la fauna marina desde embarcaciones. Se ruega enviar los documentos pertinentes por correo electrónico a la Secretaría igualmente antes del 15 de septiembre de 2021.

Si tiene preguntas o necesita información adicional, póngase en contacto con la Sra. Melanie Virtue, Jefa del Equipo de Especies Acuáticas de la CMS: [email protected].

 


1 Insta a las Partes en cuyas zonas de jurisdicción se produzcan actividades de natación junto a mamíferos acuáticos, a que adopten las medidas necesarias, como directrices nacionales, códigos de conducta y, si es necesario, leyes nacionales, reglamentos vinculantes u otros instrumentos normativos, con el fin de hacer frente a las consecuencias de todas esas actividades y regularlas cuidadosamente;

2 Insta a las Partes, en cuyas zonas de jurisdicción tienen lugar actividades comerciales que comprenden la observación de la fauna marina silvestre desde embarcaciones, a adoptar medidas apropiadas, tales como directrices nacionales, códigos de conducta y, si es necesario, legislación nacional, normas vinculantes u otros instrumentos de reglamentación, a fin de promover actividades de observación de la fauna silvestre ecológicamente sostenibles;

Last updated on 02 August 2021