Los Apéndices I y II de la Convención podrán ser enmendados en cualquier reunión de la Conferencia de las Partes. Las enmiendas consisten en que las especies migratorias o sus poblaciones sean añadidas o retiradas de los Apéndices. Cualquier Parte Contratante podrá presentar propuestas de enmienda de conformidad con el procedimiento definido en el Artículo XI de la Convención. La Conferencia de las Partes decide si acepta o rechaza una propuesta teniendo en cuenta el asesoramiento del Consejo Científico de la CMS. La Resolución 11.33proporciona directrices para evaluar las propuestas de enmienda de los Apéndices.
Las propuestas de enmienda de los Apéndices deben ser compiladas de acuerdo con un formato estándar. Mediante la Resolución 1.5, la 1ª Reunión de la Conferencia de las Partes (COP1) definió el formato que se ha utilizado hasta la COP11. Mediante la Resolución 11.33, la COP11 pidió al Consejo Científico de la CMS y a la Secretaría que actualizasen la Resolución 1.5 elaborando una nuevo formato y directrices para la elaboración de propuestas de inclusión de acuerdo con las directrices para la evaluación de propuestas de enmienda para aprobación del Comité Permanente a tiempo para que puedan ser utilizadas para las propuestas que se presentarán a la Conferencia de las Partes en su 12ª Reunión. El nuevo formato de propuestas para enmendar los Apéndices de la CMS fue aprobado por el Comité Permanente en su 45ª sesión. Se puede descargar a través del enlace a continuación.
Esta página incluye la versión final de todas las propuestas presentadas a las reuniones de la Conferencia de las Partes desde la COP1, en orden cronológico descendente. Los mismos documentos están disponibles en las páginas web de las reuniones individuales de la Conferencia de las Partes de la CMS.
Propuestas para Modificar los Apéndices de la CMS