El presente Memorando de Entendimiento está abierto a la firma de los Estados del área de distribución y de las organizaciones regionales de integración económica de las especies de tiburones enumeradas en el Anexo 1 del presente Memorando de Entendimiento.

La definición de Estados del área de distribución se refiere a cualquier Estado que ejerza jurisdicción sobre cualquier parte del área de distribución de los tiburones migratorios, o a cualquier Estado cuyos buques de pabellón tienen el potencial de capturar o se dedican a la captura de tiburones migratorios fuera de sus límites de jurisdicción nacional.

Dado que el MdE de la CMS sobre los tiburones migratorios se concluyó como un acuerdo jurídicamente no vinculante, no es necesario un proceso formal de ratificación a nivel nacional.

Para firmar el MdE se requiere la firma del jefe del Ministerio correspondiente a cada país. La Secretaría provisional prepararía el bloque de firmas a solicitud previa. Se ha proporcionado un modelo de la carta de "Plenos Poderes" para firmar el Memorando de Entendimiento en los tres idiomas de trabajo:

Si su país considera la posibilidad de adherirse al MdE, sírvase informar a la Secretaría para recibir más información sobre el proceso.