Grupos de Trabajo

Los grupos de trabajo se establecen normalmente, sea de manera formal que informal, en el contexto de los órganos (decisorios y subsidiarios) de la CMS y sus instrumentos. Algunos de estos grupos de trabajo funcionan solo durante la reunión de estos órganos, mientras que otros tienen asignado el mandato de trabajar en los intervalos entre reuniones para proporcionar consejos o recomendaciones. Según la naturaleza de su mandato, los grupos de trabajo pueden estar integrados por representantes de los Estados Miembros o expertos científicos pertenecientes o no a los órganos técnicos de estos instrumentos.

Se han establecido varios otros grupos de trabajo sobre diversas cuestiones y especies en el ámbito de los acuerdos y los MdE.

Active Working Groups


Aves terrestres migratorias en la región de África-Eurasia

Creación del Grupo de Trabajo

La Décima Reunión de la Conferencia de las Partes de la CMS (COP10, 2011) aprobó la Resolución 10.27 sobre Mejora del estado de conservación de aves terrestres migratorias en la región de África-Eurasia. En esta resolución, la Conferencia de las Partes pidió al Consejo Científico y la Secretaría apoyar esta iniciativa, entre otras cosas mediante el establecimiento de un Grupo de Trabajo en el marco del Consejo Científico para dirigir la elaboración y la implementación del Plan de Acción.

Grupo de Trabajo sobre Cambio Climático

Creación del Grupo de Trabajo

La Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes de la CMS (COP5, 1997) aprobó una recomendación pidiendo el establecimiento de un pequeño grupo de trabajo para guiar las decisiones del Consejo Científico sobre cambio climático. La Recomendación 5.5 proporcionó la base para el mandato relativo a cambio climático de la CMS, el cual ha sido desarrollado posteriormente por las resoluciones 8.13 y 10.19.

Minimización del riesgo de envenenamiento de las aves migratorias

Creación del Grupo de Trabajo 

En 2011, la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes de la CMS (COP10) aprobó la Resolución 10.26 sobre Minimización del riesgo de envenenamiento de las aves migratorias. Esta Resolución hacía un llamamiento a las Partes de la Convención, a los Estados no Parte y a otros interesados, incluyendo las organizaciones no gubernamentales, para participar en actividades de cooperación a fin de hacer frente al envenenamiento de las aves migratorias y para el establecimiento de un Grupo de Trabajo, dependiente del Consejo Científico.